• Estas preguntas estuvieron enfocadas en conocer si los países adaptaron su normativa para hacer frente a la emergencia sanitaria COVID-19 y en caso de ser afirmativo cuáles fueron las adecuaciones realizadas.

País

¿Se ha adecuado la normativa de su país en materia de acceso a la información para hacer frente a la emergencia sanitaria COVID 19?

En su caso, precise por favor las modificaciones efectuadas.

Andorra

S/R

NA

Argentina

No

NA

Bolivia

S/R

NA

Brasil

La Ley de Acceso a la Información está vigente con su texto original.

Se propuso una la Medida Provisional 928/2020 que alteraba la Ley Nacional 13.979/2020, en la que se establecen las medidas para enfrentamiento a la epidemia del COVID-19 en Brasil para incluir la priorización a las respuestas a las solicitudes de acceso a la información basadas en la Ley de Acceso a la Información (Ley 12.527/2011) siempre que estén relacionadas con las medidas para atender la emergencia de salud pública.

Colombia

Decreto 491 de 2020, donde en uno de sus artículos amplía el plazo para la petición de documentos e información.

 

El Gobierno Nacional expidió, a través de la Vicepresidencia Presidencia de República, Secretaría de la Transparencia la circular conjunta 100-008-2020 donde se mencionan unas acciones de promoción de la Transparencia, y acceso a la Información y la rendición de cuentas.

Costa Rica

No

NA

Cuba

S/R

NA

Chile

No

NA

R. Dominicana

S/R

NA

Ecuador

No

NA

El Salvador

No

NA

España

No

NA

Guatemala

No

La normativa no fue modificada, sino que el Congreso de la República de Guatemala emitió el Decreto 12-2020 en el que se indicaba que los plazos correspondientes a la Ley de Acceso a la Información Pública no serían suspendidos.

Honduras

S/R

NA

México

No

NA

Nicaragua

S/R

NA

Panamá

No

NA

Paraguay

No

NA

Perú

No

NA

Portugal

S/R

NA

Uruguay

No

No se adecuó porque no fue necesario. La mayoría de los organismos procesaron los trámites en línea. La UAIP realizó una encuesta entre sus referentes con la finalidad de brindar apoyo técnico. Las repuestas que recibimos de los funcionarios fueron mayormente positivas.

 

El Gobierno de Uruguay dispuso una serie de medidas tras decretar el estado de emergencia sanitaria nacional a consecuencia de la constatación de casos de COVID-19, una de ellas ha sido la exhortación a la instrumentación del teletrabajo en todos los casos en que se posible, tanto a nivel público como privado.

 

Dicha medida fue rápidamente adoptada por gran parte las empresas públicas y privadas gracias al avance tanto en la infraestructura de conectividad, ancho de banda, acceso a internet, así como las habilidades y capacidad de uso de la tecnología que tiene la población del Uruguay. Cabe destacar que en el país, ocho de cada diez hogares tienen conexión a internet y siete por banda ancha fija. Una amplia mayoría de la población cuenta con habilidades digitales consideradas básicas (para el conjunto de estas habilidades la prevalencia oscila entre el 75% y el 90% aproximadamente). 

 

En particular, en la Administración Pública, se tomaron de forma inmediata un conjunto de medidas, articuladas e impulsadas por la Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información (AGESIC), que facilitaron y habilitaron a que un gran conjunto de trabajadores pudiera cumplir sus funciones y poder dar continuidad a la prestación de servicios a la población en formato de teletrabajo.

 

Cabe destacar que en Uruguay el 100% de los trámites pueden iniciarse en línea y conjuntamente con la exhortación a la población a mantenerse en sus hogares, se promocionó la comunicación en línea de todo el vínculo del ciudadano con el Estado.

 

Se disponibilizaron herramientas tecnológicas, equipamiento, accesos remotos y un conjunto de herramientas digitales para desarrollar el trabajo colaborativo, reuniones virtuales, capacitaciones, así como el acceso a los sistema de gestión utilizados normalmente. (ej: VPN, Nextcloud, acceso a REdUy, ZOOM , entre otras).

 

Se acompañó el proceso con recomendaciones, guías y buenas prácticas que se publicaron para apoyar y facilitar el proceso de cada uno de los organismos públicos.  Dichas recomendaciones contemplan desde aspectos técnicos con recomendaciones vinculadas con el acceso remoto, dispositivos y herramientas, los aspectos legales y de seguridad, de forma de dar las garantías respecto al acceso a los datos, la identidad y firma de los funcionarios, y desde el punto de vista socioemocional de los trabajadores.

 

Complementado dichas publicaciones, se vienen realizando de forma permanente capacitaciones y asesoramiento a los funcionarios públicos para que puedan teletrabajar manteniendo la mayor cantidad de funciones. Las mismas van desde el uso de herramientas de comunicación a habilidades digitales sofisticadas como el uso de la firma digital avanzada.

https://www.gub.uy/agencia-gobierno-electronico-sociedad-informacion-conocimiento/teletrabajo

 

El Consejo Ejecutivo de la UAIP difundió un aviso en el sitio web indicando que la gestión de la Unidad pasaba a desarrollarse exclusivamente en línea.

 

También se resolvió contemplar las dificultades técnicas y operativas que expresaran los sujetos obligados respecto a no poder cumplir con los plazos de la Ley, a efectos de asesorarlos y brindarles apoyo. Afortunadamente no hubo mayores problemas.

Venezuela

S/R

NA

S/R= Sin respuesta

NA= No aplica