COVID-19 y la protección de datos personales

El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS), declaró pandemia el brote del Coronavirus COVID-19 en el mundo, por la cantidad de casos de contagio y de países involucrados.

EI 16 de marzo de 2020, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) emitió el comunicado INAI/090/20 [1] denominado: “ADOPTA INAI COMO MEDIDA DE PREVENCIÓN EL TRABAJO A DISTANCIA, PARA DISMINUIR FOCOS DE INFECCIÓN ANTE COVID-19”.

Asimismo, la Secretaria de Salud, a través de la Dirección General de Epidemiología, emite el comunicado técnico diario con respecto al desarrollo del coronavirus (COVID-19) en el mundo y en México.[2]

Por su parte, el Consejo de Salubridad General en sesión extraordinaria celebrada el 19 de marzo de 2020, emitió el acuerdo en el que reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria.[3]

Los coronavirus son una familia de virus que causan enfermedades (desde el resfriado común hasta enfermedades respiratorias más graves) y circulan entre humanos y animales. En este caso, se trata del SARS-COV2. Apareció en China en diciembre pasado y provoca una enfermedad llamada COVID-19[4], la cual pone en riesgo la salud y, por tanto, la integridad de niñas, niños, adolescentes, adultos y de la población en general, debido a su fácil propagación a través del aire al toser y estornudar, por contacto con personas infectadas por el virus o por tocar objetos o superficies que rodean a dichas personas y llevarse las manos sucias a los ojos, nariz o boca;

A fin de procurar la seguridad en la salud de sus habitantes y eventualmente de sus visitantes, diversos países, entre ellos México, han adoptado diversas acciones para contener el COVID-19, a lo cual la Secretaria de Salud emitió el pasado 24 de marzo del 2020, el acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).[5]

Para procurar la seguridad en la salud de sus habitantes y eventualmente de sus visitantes, diversos países, entre ellos México, han adoptado diversas acciones para contener el COVID-19.

En México, de conformidad con datos de la Secretaría de Salud, hasta el día 23 de marzo de 2020, se han confirmado 367 casos de COVID-19.

Actualmente se tienen casos sospechosos en investigación en diferentes entidades de la República.

Derivado de la contingencia sanitaria, diferentes países del mundo dieron paso a planes emergentes para la contención de la pandemia, lo que derivó en la implementación de medidas sobre la salud de las personas; sin embargo, todo ello conlleva el tratamiento de información y datos personales que identifican o hacen identificables a las personas afectadas por COVID-19, esta información al relacionarse a su estado de salud presente y futuro, se consideran “datos personales sensibles”, de conformidad a la normativa sobre Protección de Datos Personales tanto del sector público como privado.

Por otro lado, sería un error considerar únicamente los datos personales de los enfermos por el COVID-19, esto en virtud de que la mayor parte de los protocolos de sanidad de los diferentes países contempla el aislamiento de las personas con las cuales el afectado tuvo contacto, situación que, por su naturaleza propia, puede causar una afectación en la esfera más íntima de los titulares, esto es, afectados y personas con las que tuvo contacto.

Es importante resaltar, que el derecho a la protección de datos personales tiene entre sus objetivos dotar a los individuos de poder de disposición y control sobre su información personal, prerrogativa que abarca desde el derecho a conocer y decidir libre e informadamente quién podrá tratar sus datos personales, para qué fines y con quién se pueden compartir, hasta la potestad de solicitar el acceso, rectificación, cancelación, así como oponerse al tratamiento de éstos.

En ese sentido, y en atención a las consideraciones vertidas, será indispensable que todas las instituciones de nuestro país tanto del sector público como privado que traten datos personales de titulares afectados por el COVID-19, implementen medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas, a fin de resguardar los datos personales de cualquier índole, tanto de los ciudadanos infectados, como de los que tuvieron contacto con ellos, dada la importancia que revisten los mismos.

Ante el escenario actual, resulta importante recordar a las instituciones y prestadores de servicios de salud públicos y privados, así como a la población en general, que los datos relacionados con el estado de salud presente o futuro de una persona identificada o identificable son considerados por las leyes en materia de protección de datos, como datos personales sensibles.

Por regla general, el tratamiento de estos datos requiere un consentimiento expreso y por escrito del titular, salvo casos de excepción que en su caso, determinarán las autoridades competentes, en donde sean indispensables para atención médica, la prevención, diagnóstico, la prestación de asistencia sanitaria, tratamientos médicos o la gestión de servicios sanitarios, mientras el titular no esté en condiciones de otorgar el consentimiento o cuando exista una situación de emergencia que potencialmente pueda dañar a un individuo en su persona.

Es por ello que los responsables y encargados del sector público y privado que traten datos personales relacionados con casos de COVID-19, deben contar con estrictas medidas de seguridad administrativas, físicas y técnicas para evitar cualquier pérdida, destrucción, robo, extravío, uso o acceso, daño, modificación o alteración no autorizada; además de cumplir con los principios, deberes y obligaciones establecidas en las leyes en materia de protección de datos personales vigentes, salvo los casos de excepción previstos.

[1] Disponible en: http://inicio.ifai.org.mx/Comunicados/Comunicado%20INAI-090-20.pdf

[2] Secretaría de Salud (2020) Comunicado Técnico Diario Nuevo Coronavirus en el Mundo (COVID-19) https://www.gob.mx/salud/documentos/coronavirus-covid-19-comunicado-tecnico-diario-238449

[3] Disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590161&fecha=23/03/2020

[4 ] Disponible en: https://coronavirus.gob.mx/covid-19/

[5 ] Disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590339&fecha=24/03/2020