Procedimientos de datos personales ante el INAI

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¿En qué plazo se debe presentar la denuncia?

 

En el caso de los procedimientos de Investigación y Verificación regulados en la LFPDPPP no existe un plazo para la presentación de las denuncias.

 

No obstante, con objeto de que el procedimiento se pueda desarrollar de manera conveniente, con la información y pruebas necesarias, se recomienda que las denuncias se presenten tan pronto como el denunciante tenga conocimiento del presunto tratamiento indebido.

¿Cuáles son los requisitos para presentar una denuncia?

 

La información que deberá contener la denuncia es la siguiente:

 

El nombre y domicilio del titular, o en su caso el correo electrónico al cual se le pueda enviar cualquier información respecto de su denuncia.

La descripción de los hechos que denuncia el titular y, en su caso, los elementos con los que cuenta para probar su dicho (documentos, fotos, grabaciones, entre otros), y

El nombre y domicilio del responsable que considere que está vulnerando los principios y deberes que establece la ley.

¿Cuáles son los medios para presentar una denuncia?

 

Los medios que pone a disposición el INAI para la presentación de las denuncias son los siguientes:

 

Por escrito en las oficinas del INAI;

Por correo certificado con acuse de recibo;

Por correo electrónico a la dirección verificacion@inai.org.mx, o

Mediante el sistema IFAI-PRODATOS, disponible en el sitio web https://www.datospersonales.org.mx/.

¿Cuál es el procedimiento que se sigue para atender la denuncia?

 

Con la presentación de la denuncia, inicia el Procedimiento de Investigación, mismo que tendrá una duración máxima de 90 días hábiles, plazo que podrá ampliarse por una vez, hasta por un periodo igual, siempre y cuando exista una causa que así lo justifique.

 

Una vez recibida la denuncia, ésta se canaliza a la DGIV, quien la analizará y en caso de encontrar una deficiencia en la misma, lo comunicará al denunciante que la presentó, para que aporte la información que se requiera, a fin de que se pueda realizar la investigación correspondiente.

Procedimientos de Investigación y Verificación ante el sector privado

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