De acuerdo con el artículo 254 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el procedimiento para integrar las mesas directivas de casilla es el siguiente:
• El Consejo General del INE, en el mes de diciembre del año previo a la elección, sorteará un mes del calendario que, junto con el que siga en su orden, serán tomados como base para identificar a las y los ciudadanos que habrán de ser sorteados, por haber nacido en esos meses. Este procedimiento se realizará con el corte del listado nominal al 15 de diciembre previo al de la elección. Para el caso del actual proceso electoral, la letra sorteada fue la “A” y el mes de agosto.
• Del 1° al 7 de febrero del año en que deban celebrarse las elecciones, las Juntas Distritales Ejecutivas procederán a sortear, de las listas nominales de electores integradas con las y los ciudadanos que obtuvieron su credencial para votar al 15 de diciembre del año previo a la elección, a un 13% de las y los ciudadanos de cada sección electoral.
• A las y los ciudadanos que resulten seleccionados, se les convocará para que asistan a un curso de capacitación que se impartirá del 9 de febrero al 31 de marzo del año de la elección.
• Las juntas harán una evaluación imparcial y objetiva para seleccionar, en igualdad de oportunidades, con base en los datos que las y los ciudadanos aporten durante los cursos de capacitación, a los que resulten más aptos, prefiriendo a los de mayor escolaridad.
• El Consejo General del INE, en febrero del año de la elección, sorteará las 26 letras que comprende el alfabeto, a fin de obtener la letra a partir de la cual, con base en el apellido paterno, se seleccionará a la ciudadanía que integrará las mesas directivas de casilla.
• Entre el 9 de febrero y el 4 de abril las juntas distritales harán una relación de aquellos y aquellas ciudadanas y ciudadanos que, habiendo asistido a la capacitación correspondiente, no tengan impedimento alguno para desempeñar el cargo de funcionaria o funcionario de casilla.