Procedimientos de datos personales ante el INAI

Asimismo, la Ley General señala que las siguientes conductas serán causas de sanción, entre otras:

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Actuar con negligencia, dolo o mala fe durante la sustanciación de las solicitudes para el ejercicio de los derechos ARCO;

Incumplir los plazos de atención previstos para responder las solicitudes para el ejercicio de los derechos ARCO o para hacer efectivo el derecho de que se trate;

Usar, sustraer, divulgar, ocultar, alterar, mutilar, destruir o inutilizar, total o parcialmente y de manera indebida datos personales que se encuentren bajo su custodia o a los cuales tengan acceso o conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión;

Dar tratamiento, de manera intencional, a los datos personales en contravención a los principios y deberes establecidos en la Ley General y descritos en el Volumen 2 de esta Guía;

No contar con el aviso de privacidad, o bien, omitir en el mismo alguno de los elementos informativos obligatorios;

Clasificar como confidencial, con dolo o negligencia, datos personales sin que se cumplan las características señaladas en las leyes que resulten aplicables;

Incumplir el deber de confidencialidad;

No establecer las medidas de seguridad que establece la Ley General;

Presentar vulneraciones a los datos personales por la falta de implementación de medidas de seguridad, y

Llevar a cabo la transferencia de datos personales, en contravención a lo previsto en la Ley General.

Sanciones previstas en la Ley General

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