Marco Internacional de Competencias de Protección de Datos Personales para Estudiantes

El derecho a la privacidad y tu protección

Nota para profesores

Por medio de este módulo, sus alumnas y alumnos entenderán qué son los derechos humanos, algunos de sus más importantes antecedentes, y conocerán a la autoridad encargada de la protección de los derechos humanos en México.

Asimismo, sus alumnas y alumnos serán capaces de identificar la importancia de los derechos humanos en el entorno digital y entenderán el contenido del derecho humano a la protección de datos personales, a partir de los avances tecnológicos.

Finalmente, comprenderán el concepto de privacidad, así como el de los valores democráticos, y entenderán que ambos conceptos deben estar presentes tanto en la esfera física como en el mundo digital.

El contenido del módulo está integrado por el apartado teórico y por los recursos o actividades sugeridas, en donde usted podrá reafirmar la comprensión de cada uno de los temas incluidos.

Derechos humanos y valores democráticos

Antecedentes

Existen diversos antecedentes de la configuración de los derechos humanos, entre los que destacan los siguientes documentos[1]

Por medio de este documento, el Congreso de Estados Unidos declaró su independencia respecto a Gran Bretaña. La declaración hace énfasis en dos temas: derechos individuales y el derecho de revolución. En particular, dicha Declaración proclamaba el derecho a la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad.

Después de la Revolución Francesa en 1789, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano otorgó libertades especificas contra la opresión, como “una expresión de la voluntad general”.

Este documento surge a raíz de la Segunda Guerra Mundial y marca un hito en la historia de los derechos humanos. Elaborada por representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales, la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas como un ideal común para todos los pueblos y naciones. La Declaración establece, por primera vez, los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero y ha sido traducida en más de 500 idiomas. 

Nociones generales

De conformidad con la Organización de Naciones Unidas (ONU), los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición[1].

Por su parte, la UNICEF (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, en inglés United Nations Children’s Fund), organismo de la Organización de las Naciones Unidas, señala que los derechos humanos son normas básicas necesarias para vivir como un ser humano, sin las cuales las personas no pueden sobrevivir ni desarrollarse con dignidad. Son inherentes al ser humano, inalienables[2] y universales.

Dentro del catálogo de derechos humanos, encontramos, entre otros, los siguientes derechos:

  • Derecho a la vida
  • Derecho a la igualdad y prohibición de discriminación
  • Libertad de expresión
  • Libertad religiosa y de culto
  • Derecho de acceso a la información
  • Derecho a la educación
  • Derecho a la salud
  • Derecho a la vivienda
  • Derecho a la alimentación
  • Derechos de los pueblos y comunidades indígenas
  • Derecho al trabajo

Para reforzar el entendimiento de los derechos humanos y sus antecedentes, se sugiere desarrollar la Actividad 1.

Autoridad en materia de derechos humanos en México

En México, la institución encargada de la protección de los derechos humanos es la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). La CNDH es un organismo público autónomo del Estado mexicano, es decir, no depende de ninguna otra autoridad. Su misión es la defensa, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Mexicana, los tratados internacionales y las leyes.

  • Recibir quejas de presuntas violaciones a derechos humanos[1 ].
  • Conocer e investigar presuntas violaciones de derechos humanos, por acciones u omisiones de las autoridades administrativas de carácter federal, o por la tolerancia o anuencia de la autoridad de conductas ilícitas que realicen particulares o agentes sociales.
  • Formular recomendaciones públicas, denuncias y quejas ante las autoridades respectivas, cuando se decida en última instancia las inconformidades que se presenten respecto de las recomendaciones y acuerdos de los organismos de derechos humanos de las Entidades Federativas; así como por insuficiencia en el cumplimiento de las recomendaciones de éstos por parte de las autoridades locales.
  • Procurar la conciliación entre los quejosos y las autoridades señaladas como responsables, así como la inmediata solución de un conflicto planteado, cuando la naturaleza del caso lo permita;
  • Impulsar la observancia de los derechos humanos en el país;
  • Promover el estudio, la enseñanza y divulgación de los derechos humanos en el ámbito nacional e internacional;
  • Elaborar y ejecutar programas preventivos en materia de derechos humanos;
  • Formular programas y proponer acciones en coordinación con las dependencias competentes que impulsen el cumplimiento dentro del territorio nacional de los tratados, convenciones y acuerdos internacionales signados y ratificados por México en materia de derechos humanos
  • Supervisar el respeto a los derechos humanos en el sistema penitenciario, mediante la elaboración de un diagnóstico anual sobre la situación que guardan los centros de reinserción social en el país.
  • La observancia del seguimiento, evaluación y monitoreo, en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
  • Presentar acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando exista una ley o tratado que se estime que vulnera derechos humanos.
  • Coordinar las acciones del Mecanismo Nacional de Prevención en ejercicio de las facultades que establece el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes;

Derecho humano a la protección de datos personales

En la actualidad, se vive en una sociedad de la información, en donde el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) permiten comunicar, compartir y utilizar información en cuestión de segundos, de manera masiva y sin mayores complicaciones.

Si bien las TIC han mejorado la calidad y condiciones de vida de la sociedad, pues permiten mejorar el acceso a la información, las comunicaciones y el ejercicio de la libertad de expresión, lo cierto es que su desarrollo y evolución han potencializado la violación de algunos derechos fundamentales.

En este sentido, las legislaciones han tenido que evolucionar y adaptarse a la realidad en la que se vive, para reconocer y proteger derechos humanos como el derecho a la protección de datos personales; el cual, en el pasado se entendía desde la concepción del derecho a la vida privada y a la intimidad; no obstante, en la actualidad existe consenso de que es un derecho humano autónomo, con características y contenido propio.

En este sentido, el derecho a la protección de datos personales se trata de un derecho humano reconocido por el artículo 16 [1], segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que impone obligaciones a los particulares y a las instituciones públicas que utilizan datos personales, y que otorga derechos a los titulares de los datos, a fin de garantizar el buen uso de los mismos, así como el derecho de las personas para decidir, de manera libre e informada, sobre el uso de la información que les pertenece.

Textualmente, el segundo párrafo del artículo referido señala lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.”

Valores democráticos en el entorno digital

Los valores democráticos son aquellos que promueven la convivencia como sociedad. Son características y cualidades que dirigen a la sociedad para lograr que el proceso democrático se consolide y sea exitoso. Dentro de ellos, se encuentran los siguientes:[1]

  • Honestidad
  • Solidaridad
  • Responsabilidad
  • Pluralismo
  • Libertad
  • Justicia social
  • Tolerancia
  • Igualdad
  • Respeto
  • Bien común
  • Legalidad
  • Justicia
  • Participación

Al igual que el ámbito de los derechos humanos, los avances en las tecnologías de la información representan un riesgo para los valores democráticos, pues, como se señaló anteriormente, la información fluye con mayor velocidad y con menos capacidad de procesamiento para distinguir, por ejemplo, entre hechos reales y situaciones falsas.

En opinión de Diego Beas[1], si bien las tecnologías de la información pueden tener efectos positivos, sus efectos también pueden fluir en el sentido contrario al de los ideales democráticos, generando, entre otros aspectos, menos libertad de opinión e, incluso, menos libertades individuales.

Asimismo, el citado autor señala que ambos extremos son perfectamente factibles y al cual se puede acercar, depende mucho más de los valores políticos de un determinado país o contexto social que de las herramientas tecnológicas en sí. Es decir, que el uso de las tecnologías de la información es un reflejo de los valores democráticos de una sociedad y no a la inversa.

En este sentido, es oportuno señalar que una de las mayores amenazas a los valores democráticos en nuestro contexto actual son las denominadas fake news o noticias falsas, pues con los avances tecnológicos se ha extendido dicha práctica y es cada vez más difícil de controlar. Se trata de información falsa que se propaga de unas personas a otras, ya sea con contenido que alguien ha creado de forma premeditada, o un mensaje que se ha ido modificando a lo largo de su difusión.

Este problema supone un riesgo mayor para las niñas, niños y adolescentes, dado que ellos acuden principalmente a las redes sociales y a los buscadores de Internet para informarse, y ambos espacios digitales son el medio ideal de propagación para este tipo de información.

En ese orden de ideas, estas son algunas recomendaciones para enseñar a las niñas, niños y adolescentes a verificar la información en el entorno digital:[2] 

Leer todo el contenido. Los titulares de este tipo de mensajes están creados para ser impactantes y muchas veces para las niñas, niños y adolescentes difunden noticias sin siquiera haberlas leído.

Una vez leído el texto, deben prestar atención a aspectos clave como quién es el autor de la noticia, las fuentes en las que se basa y la fecha de esta.

Animar a las niñas, niños y adolescentes a preguntarse si la información es coherente, factible o razonable, o si, por el contrario, resulta dudosa o sospechosa.

Una simple búsqueda en Google suele ser suficiente para contrastar o desmentir un fraude. Aprender a investigar, reconocer y contrastar fuentes adecuadas de datos e información es saludable y necesario.

Si una noticia se refiere a situaciones de peligro y emergencias, antes de compartir la noticia deben poner especial cuidado en la conveniencia de su difusión. Difundir estos contenidos puede tener consecuencias graves si no se hace de la forma adecuada.

Ante la duda, si no están seguros de la veracidad de una noticia, lo correcto es no compartirla y evitar que se siga difundiendo. Reaccionar de forma crítica ante contenidos falsos o engañosos es importante a la hora de comprometerse a mantener una Internet más segura para todos.

Para reforzar los valores democráticos en el entorno digital, se sugiere desarrollar la Actividad 2.