Información actualizada al 15 de abril de 2020.
Información solicitada con más frecuencia
por la población
Las preguntas presentadas a continuación, se obtuvieron mediante un esfuerzo coordinado en el INAI a partir de la revisión del contenido de cada una de las 868 solicitudes de información. En este proceso se identificaron las dudas más recurrentes de la población, lo que permitió definir preguntas acorde a dichas demandas. Al momento, el INAI sólo cuenta con algunas respuestas proporcionadas por la Secretaría de Salud. Esta sección seguirá complementándose de manera progresiva conforme las respuestas a estas preguntas se obtengan por parte del Sector Salud y otros Sujetos Obligados.
Categoría 1: Acciones implementadas por el personal sanitario
PREGUNTAS
La Secretaría de Salud a través del micrositio: www.coronavirus.gob.mx, señala cuáles son las medidas de prevención que han sido implementadas para orientar a la población y evitar el contagio del COVID-19, siendo entre otras, las siguientes:
- Lavar las manos con agua y jabón durante al menos 20 segundos.
- No tocar ojos, nariz o boca si las manos no están limpias.
- Cuando se tosa o estornude, se debe tapar nariz y boca con el ángulo interno del brazo o un pañuelo desechable.
- Quedarse en casa.
- Mantener una sana distancia con las demás personas.
- Mantener la casa ventilada y limpia.
- Desinfectar utensilios y superficies de uso común.
Asimismo, en dicha página electrónica encontrará en el rubro “PUBLICO GENERAL” en la etiqueta “Capacitación” tres cursos denominados:
- Todo sobre la prevención del COVID-19
- Plan de acción para el hogar ante COVID-19
- Cuidado de personas adultas mayores ante el COVID-19
El IMSS comparte la siguiente información para atender la emergencia sanitaria ocasionada por el Coronavirus:
Las medidas de prevención en todo el sector salud para evitar el contagio son promocionadas desde la página oficial https://coronavirus.gob.mx/, del Gobierno de México, la página se encuentra abierta al público en general, y ahí se puede encontrar y consultar la siguiente información
Medidas de prevención.
https://coronavirus.gob.mx/prevencion/
Salud mental
https://coronavirus.gob.mx/salud-mental/
Orientación a Adultos Mayores
https://coronavirus.gob.mx/adultos-mayores/
Orientación niñas y niños
https://coronavirus.gob.mx/ninas-y-ninos/
Mitos y Realidades
https://coronavirus.gob.mx/mitos-y-realidades/
Preguntas frecuentes
https://coronavirus.gob.mx/preguntas-frecuentes/
Capacitación y Documentos de consulta
https://coronavirus.gob.mx/capacitacion/
Para mayor información, se sugiere consultar la página web de referencia, así como las redes sociales oficiales de la Secretaría de Salud, Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud y de la Dirección General de Promoción de la Salud.
La Secretaría de Salud emitió el “Lineamiento Estandarizado para la Vigilancia Epidemiológica y por Laboratorio de la Enfermedad Respiratoria Viral”, a través del cual se determinan las acciones de detección ante COVID-19 en aeropuertos, puertos marítimos y pasos fronterizos terrestres, asimismo se informan las medidas que deben establecerse en los puntos de entrada al país, siguiendo los lineamientos internacionales.
Para mayor información se sugiere consultar las páginas 41 a 48 del citado Lineamiento en la liga electrónica siguiente :
Asimismo, puede ser consultado el “Protocolo de atención para personas de nacionalidad mexicana y extranjera que se encuentran en territorio nacional mexicano en centros de hospedaje durante la cuarentena obligatoria por COVID-19”, que se encuentra disponible en la página web www.coronavirus.gob.mx, en el rubro denominado “PÚBLICO GENERAL”, en el apartado “Documentos de consulta”.
El IMSS comparte la siguiente información para atender la emergencia sanitaria ocasionada por el Coronavirus:
Estas medidas corresponden a la Dirección General de Epidemiología, perteneciente a la Secretaria de Salud, que tiene a su cargo la Unidad de Inteligencia Epidemiológica y Sanitaria que es el enlace permanente nacional e internacional para emergencias en salud e implementación del Reglamento Sanitario Internacional que comprende medidas específicas que se deben adoptar en los puertos, aeropuertos y pasos fronterizos terrestres para limitar la propagación de riesgos sanitarios hacia países vecinos y evitar la imposición de restricciones injustificadas a los viajes y el comercio, de modo de reducir al mínimo los trastornos en el tráfico y las actividades comerciales.
La Secretaría de Salud mediante la página web www.coronavirus.gob.mx, en el rubro denominado “PERSONAL DE SALUD”, en el apartado “Documentos de Consulta”, ha puesto a disposición de la población diversos documentos técnicos a través de los cuales se hace del conocimiento los modelos de atención médica por COVID-19:
- Flujograma de atención médica para COVID-19 en el primer nivel de atención.
- Lineamiento para la Atención de Pacientes por COVID-19.
- Lineamiento de Reconversión Hospitalaria.
El IMSS comparte la siguiente información para atender la emergencia sanitaria ocasionada por el Coronavirus:
El modelo se encuentra descrito en el “Lineamiento para la atención médica de pacientes con COVID-19”, lineamiento que obligatoriamente debe ser aplicado por todas las instituciones de salud. Dicho documento puede ser consultado en la siguiente página https://drive.google.com/file/d/1vge89Fuz_9RsgKk77XrpyG2RYW7NAGFP/view
La Secretaría de Salud mediante el micrositio: www.coronavirus.gob.mx, en el rubro denominado “PERSONAL DE SALUD”, en el apartado “Documentos de Consulta” ha puesto a disposición de la población diversos documentos técnicos a través de los cuales se informan las acciones para la protección del personal médico:
- Lineamiento para la Atención de Pacientes por COVID-19.
- Lineamiento de Reconversión Hospitalaria.
El IMSS comparte la siguiente información para atender la emergencia sanitaria ocasionada por el Coronavirus:
Las acciones están señaladas dentro de la página https://coronavirus.gob.mx/personal-de-salud/documentos-de-consulta/ , del Gobierno de México, éstas corresponden a los lineamientos en atención médica, manejo de cadáveres, vigilancia epidemiológica, bioseguridad y recomendaciones para uso de respirador, mismas que aplican para el personal de salud de todas las instituciones del sector salud.
El IMSS comparte la siguiente información para atender la emergencia sanitaria ocasionada por el Coronavirus:
La Coordinación de Gestión de Recursos Humanos de la Unidad de Personal, señala que por lo que respecta al personal de nómina del régimen ordinario y en relación a la pregunta ¿Cuál es el personal sanitario disponible (plazas/puestos)? Señala:
No se cuenta con la información solicitada al no estar contemplada en sus atribuciones en el Manual de Organización de la Dirección de Administración en el numeral 7.1.2.1.2. La obligación de contar con un documento referente a identificar al personal sanitario no es competencia de esta normativa de acuerdo al Artículo 131, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
En aras de máxima Publicidad y Transparencia, esa Unidad Administrativa, pone a disposición la información que es Pública y que posee en sus archivos por ser aquella con la que cuenta para brindar respuesta y que contiene “El total de Médicos y Enfermeras de Base a Nivel Nacional”, adscritos a nomina ordinaria del Instituto Mexicano del Seguro Social.
CATEGORIA | TOTAL |
MEDICOS | 62,821 |
ENFERMERAS | 104,347 |
Por su parte, la División de Administración de Nómina de Mando, señala que no cuentan con los elementos para identificar al personal sanitario disponible. Únicamente se tiene la plantilla de personal Médico y de Enfermería a Nivel Nacional, no obstante, como se mencionó, en nuestros archivos físicos o electrónicos no se puede distinguir al personal sanitario designado para esa tarea, por lo que se pone a disposición en archivo que se adjunta al presente en formato Excel, la información correspondiente al personal de nómina de mando.
Las preguntas presentadas a continuación, se obtuvieron mediante un esfuerzo coordinado en el INAI a partir de la revisión del contenido de cada una de las 868 solicitudes de información. En este proceso se identificaron las dudas más recurrentes de la población, lo que permitió definir preguntas acorde a dichas demandas. Al momento, el INAI sólo cuenta con algunas respuestas proporcionadas por la Secretaría de Salud. Esta sección seguirá complementándose de manera progresiva conforme las respuestas a estas preguntas se obtengan por parte del Sector Salud y otros Sujetos Obligados.
Categoría 2: Aspectos generales COVID
PREGUNTAS
A través de la página web: www.coronavirus.gob.mx, en las etiquetas denominadas: INFORMACIÓN ACCESIBLE, ADULTOS MAYORES, RECOMENDACIONES PARA LA POBLACIÓN, PERSONAL DE SALUD y PREGUNTAS FRECUENTES, se podrá consultar la información solicitada.
En proceso de respuesta
La Secretaría de Salud a través del micrositio: www.coronavirus.gob.mx, señala cuáles son las recomendaciones para la población en general, siendo las siguientes:
- Lavar las manos con agua y jabón durante al menos 20 segundos.
- No tocar ojos, nariz o boca si las manos no están limpias.
- Cuando se tosa o estornude, se debe tapar nariz y boca con el ángulo interno del brazo o un pañuelo desechable.
- Quedarse en casa.
- Mantener una sana distancia con las demás personas.
- Mantener la casa ventilada y limpia.
- Desinfectar utensilios y superficies de uso común.
Por lo que respecta a los mecanismos de detección de la enfermedad, los mismos pueden ser consultados en las siguientes ligas electrónicas:
https://coronavirus.gob.mx/personal-de-salud/
En proceso de respuesta
Mediante el ACUERDO por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 31 de marzo del año en curso, se establece en el ARTÍCULO PRIMERO, fracción segunda sobre las actividades consideradas como esenciales, las cuales refieren a: las actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema Nacional de Salud; sector farmacéutico, tanto en su producción como en su distribución (farmacias); la manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud; los involucrados en la disposición adecuada de los residuos peligrosos biológicos-infecciosos (RPBI), así como la limpieza y sanitización de las unidades médicas en los diferentes niveles de atención.
Las involucradas en la seguridad pública y la protección ciudadana; en la defensa de la integridad y la soberanía nacionales; la procuración e impartición de justicia; así como la actividad legislativa en los niveles federal y estatal; sectores financieros, el de recaudación tributaria, distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas, generación y distribución de agua potable, industria de alimentos y bebidas no alcohólicas, mercados de alimentos, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados; servicios de transporte de pasajeros y de carga; producción agrícola, pesquera y pecuaria, agroindustria, industria química, productos de limpieza; ferreterías, servicios de mensajería, guardias en labores de seguridad privada; guarderías y estancias infantiles, asilos y estancias para personas adultas mayores, refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos; telecomunicaciones y medios de información; servicios privados de emergencia, servicios funerarios y de inhumación, servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales; logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles), así como actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles para su continuación.
Las relacionadas directamente con la operación de los programas sociales del gobierno, y las necesarias para la conservación, mantenimiento y reparación de la infraestructura crítica que asegura la producción y distribución de servicios indispensables; a saber: agua potable, energía eléctrica, gas, petróleo, gasolina, turbosina, saneamiento básico, transporte público, infraestructura hospitalaria y médica, entre otros.
La Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) comparte el siguiente hipervínculo referente a la Contratación de profesionales de la salud y mano de obra calificada para atender la emergencia sanitaria ocasionada por el Coronavirus:
Las preguntas presentadas a continuación, se obtuvieron mediante un esfuerzo coordinado en el INAI a partir de la revisión del contenido de cada una de las 868 solicitudes de información. En este proceso se identificaron las dudas más recurrentes de la población, lo que permitió definir preguntas acorde a dichas demandas. Al momento, el INAI sólo cuenta con algunas respuestas proporcionadas por la Secretaría de Salud. Esta sección seguirá complementándose de manera progresiva conforme las respuestas a estas preguntas se obtengan por parte del Sector Salud y otros Sujetos Obligados.
Categoría 3: Casos COVID registrados
PREGUNTAS
La Secretaría de Salud hace publico el Comunicado Técnico Diario: Nuevo Coronavirus, a través de la página principal del micrositio www.coronavirus.gob.mx, así mismo en las conferencias de prensa diarias a las 19:00 hrs. y en sus redes sociales oficiales, en donde se podrá consultar el número de casos confirmados.
La Secretaría de Salud mediante la página web www.coronavirus.gob.mx, en el botón denominado “DATOS ABIERTOS” comparte las Bases de Datos COVID-19 en México, en las cuales se puede consultar información respecto a la ubicación geográfica de casos confirmados.
Para mayor información se sugiere consultar la liga electrónica siguiente :
https://datos.gob.mx/busca/dataset/informacion-referente-a-casos-covid-19-en-mexico
La Secretaría de Salud mediante la página web www.coronavirus.gob.mx, en el botón denominado “DATOS ABIERTOS” comparte las Bases de Datos COVID-19 en México, en las cuales se puede consultar información respecto a la ubicación geográfica de casos confirmados.
Para mayor información se sugiere consultar la liga electrónica siguiente :
https://datos.gob.mx/busca/dataset/informacion-referente-a-casos-covid-19-en-mexico
La Secretaría de Salud mediante la página web www.coronavirus.gob.mx, en el botón denominado “DATOS ABIERTOS” comparte las Bases de Datos COVID-19 en México, en las cuales se puede consultar información respecto a la ubicación geográfica de casos confirmados.
Para mayor información se sugiere consultar la liga electrónica siguiente :
https://datos.gob.mx/busca/dataset/informacion-referente-a-casos-covid-19-en-mexico
La Secretaría de Salud hace publico el Comunicado Técnico Diario: Nuevo Coronavirus, a través de la página principal del micrositio www.coronavirus.gob.mx, así mismo en las conferencias de prensa diarias a las 19:00 hrs. y en sus redes sociales oficiales, en donde se podrá consultar el número de casos sospechosos.
Las preguntas presentadas a continuación, se obtuvieron mediante un esfuerzo coordinado en el INAI a partir de la revisión del contenido de cada una de las 868 solicitudes de información. En este proceso se identificaron las dudas más recurrentes de la población, lo que permitió definir preguntas acorde a dichas demandas. Al momento, el INAI sólo cuenta con algunas respuestas proporcionadas por la Secretaría de Salud. Esta sección seguirá complementándose de manera progresiva conforme las respuestas a estas preguntas se obtengan por parte del Sector Salud y otros Sujetos Obligados.
Categoría 4: Cooperación internacional
PREGUNTAS
El Gobierno de México coopera mediante el intercambio de información relevante respecto a COVID-19 con la Organización Mundial de la Salud y con los Estados parte (países) de la misma. Así mismo, ha colaborado en la realización de puentes humanitarios para la repatriación de ciudadanos extranjeros a su país de origen.
Por parte del InDRE se ha tenido comunicación y cooperación con: Organización Panamericana de la Salud/ Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS), Red de Laboratorios del Grupo de Acción de Seguridad Global en Salud (GHSAG-LN), Agencia de Salud Pública de Canadá y Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EUA, en el marco del Plan de América del Norte para Influenza Animal y Pandémica (North American Plan for Animal and Pandemic Influenza - NAPAPI).
La Dirección General de Epidemiología a través del Centro Nacional de Enlace, mantiene comunicación permanente con la Organización Mundial de la Salud (OMS) mediante el Punto Focal Regional de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), así como con los Estados parte (países), de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Sanitario Internacional.
En el micrositio coronavirus.gob.mx, en la sección SITIOS DE INTERÉS, se puede encontrar información relacionada con los sitios:
- Organización Mundial de la Salud
- Organización Panamericana de la Salud
Se sugiere revisar la SITUACIÓN EN LAS AMÉRICAS, sección Documentos técnicos de la OPS - Enfermedad por el Coronavirus (COVID-19) de la OMS.
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) en conjunto con la Secretaría de Marina; en colaboración de otras dependencias del Gobierno Federal y local, han llevado a cabo puentes humanitarios para repatriar a sus países de origen a pasajeros y miembros de la tripulación de cruceros internacionales a los cuales no se les había permitido desembarcar en otros puertos.
Las preguntas presentadas a continuación, se obtuvieron mediante un esfuerzo coordinado en el INAI a partir de la revisión del contenido de cada una de las 868 solicitudes de información. En este proceso se identificaron las dudas más recurrentes de la población, lo que permitió definir preguntas acorde a dichas demandas. Al momento, el INAI sólo cuenta con algunas respuestas proporcionadas por la Secretaría de Salud. Esta sección seguirá complementándose de manera progresiva conforme las respuestas a estas preguntas se obtengan por parte del Sector Salud y otros Sujetos Obligados.
Categoría 5: Equipo médico e infraestructura para hacer frente al COVID
PREGUNTAS
En proceso de respuesta
En proceso de respuesta
En proceso de respuesta
En proceso de respuesta
En proceso de respuesta
Las preguntas presentadas a continuación, se obtuvieron mediante un esfuerzo coordinado en el INAI a partir de la revisión del contenido de cada una de las 868 solicitudes de información. En este proceso se identificaron las dudas más recurrentes de la población, lo que permitió definir preguntas acorde a dichas demandas. Al momento, el INAI sólo cuenta con algunas respuestas proporcionadas por la Secretaría de Salud. Esta sección seguirá complementándose de manera progresiva conforme las respuestas a estas preguntas se obtengan por parte del Sector Salud y otros Sujetos Obligados.
Categoría 6: Estadísticas pruebas diagnóstico COVID
PREGUNTAS
Para una prueba de RT-PCR en tiempo real el costo es de $1,492.00.
La cantidad de pruebas específicas para SARS-CoV-2 (COVID-19) realizadas varían cada día y por institución pública o privada. Hasta el día 20 de abril se habían notificado a la Dirección General de Epidemiología de la Secretaría de Salud más de 40,000 pruebas realizadas de RT-PCR en tiempo real.
30,000 pruebas adquiridas por el INSABI, el contrato fue realizado entre INSABI y el proveedor.
La Secretaría de Salud a través de la Dirección General de Epidemiología informa cuál es el listado de laboratorios que realizan el diagnóstico de SARS-CoV-2 (última actualización 13 de abril de 2020, mediante la siguiente liga electrónica:
Las preguntas presentadas a continuación, se obtuvieron mediante un esfuerzo coordinado en el INAI a partir de la revisión del contenido de cada una de las 868 solicitudes de información. En este proceso se identificaron las dudas más recurrentes de la población, lo que permitió definir preguntas acorde a dichas demandas. Al momento, el INAI sólo cuenta con algunas respuestas proporcionadas por la Secretaría de Salud. Esta sección seguirá complementándose de manera progresiva conforme las respuestas a estas preguntas se obtengan por parte del Sector Salud y otros Sujetos Obligados.
Categoría 7: Información Consejo de Salubridad
PREGUNTAS
En proceso de respuesta
Sus integrantes se encuentran contemplados en los artículos 15 de la Ley General de Salud y 3, 4 y 5 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General.
Está integrado por un presidente que será el Secretario de Salud, un secretario y trece vocales titulares, dos de los cuales serán los presidentes de la Academia Nacional de Medicina y de la Academia Mexicana de Cirugía, y los vocales que su propio reglamento determine. Los miembros del Consejo serán designados y removidos por el Presidente de la República, quien deberá nombrar para tales cargos, a profesionales especializados en cualquiera de las ramas sanitarias.
Los integrantes del Consejo de Salubridad General pueden ser consultados en la siguiente liga electrónica:
En proceso de respuesta
En proceso de respuesta
Categoría 8: Información estadística influenza
PREGUNTAS
La influenza es una enfermedad respiratoria contagiosa provocada por los virus de la influenza que infectan la nariz, la garganta y en algunos casos los pulmones. Este virus puede causar una enfermedad leve o grave.
La vacuna contra la influenza no brinda protección contra COVID-19. El virus es nuevo y diferente por lo que necesita su propia vacuna.
El virus de la influenza pertenece a la familia Orthomixoviridae, existen tres géneros del virus el A, B y C. Todos comparten características estructurales con un manto de lípidos y unas proteínas que los rodean llamadas hemaglutinina y neuraminidasa. En la influenza, algo distintivo es lo abrupto de los síntomas: de un día a otro el paciente se siente fatal. La causa de la COVID-19 es la infección por el coronavirus-2 del síndrome respiratorio agudo grave (SARS-CoV-2) que es un tipo de Orthocoronavirinae. Este tipo de virus están cubiertos por una capa de lípidos se reconocen por una pequeña "corona" que presentan a su alrededor. En el caso del COVID-19, los síntomas se presentan de manera gradual: empiezan con fiebre, luego tos y finalmente con dificultad respiratoria
(La pregunta fue turnada al Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, en espera de su respuesta)
NOTA: Las preguntas específicas serán atendidas posteriormente cuando sean reactivados los tiempos y sean turnadas a la SSa.
Categoría 9: Información estadística neumonía
PREGUNTAS
En el caso de la neumonía atípica, la infección es causada por bacterias diferentes de las que las más comunes que causan la neumonía típica. Se puede clasificar a una neumonía como atípica cuando el agente infeccioso no ha sido identificado por medio de exámenes de laboratorio. Las cinco bacterias que más frecuentemente causan esta patología son, en orden de mayor a menor frecuencia: Mycoplasma pneumoniae, Coxiella burnetti, Legionela pneumophila, Chlamydia pneumoniae y Chlamydia psitacci.
La neumonía es la inflamación o hinchazón del tejido pulmonar, debido a la infección causada por un germen. En el caso de la neumonía atípica, la infección es causada por bacterias diferentes de las que las más comunes que causan la neumonía típica. La neumonía atípica también tiende a provocar síntomas más leves que la neumonía típica.
Se puede clasificar a una neumonía como atípica cuando el agente infeccioso no ha sido identificado por medio de exámenes de laboratorio.
NOTA: Las preguntas específicas serán atendidas posteriormente cuando sean reactivados los tiempos y sean turnadas a la SSa.
Las preguntas presentadas a continuación, se obtuvieron mediante un esfuerzo coordinado en el INAI a partir de la revisión del contenido de cada una de las 868 solicitudes de información. En este proceso se identificaron las dudas más recurrentes de la población, lo que permitió definir preguntas acorde a dichas demandas. Al momento, el INAI sólo cuenta con algunas respuestas proporcionadas por la Secretaría de Salud. Esta sección seguirá complementándose de manera progresiva conforme las respuestas a estas preguntas se obtengan por parte del Sector Salud y otros Sujetos Obligados.
Categoría 10: Plan de acción o protocolo contra el COVID
PREGUNTAS
En proceso de respuesta
Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, Plan Nacional de Preparación y Respuesta ante la intensificación de la Influenza Estacional o ante una Pandemia de Influenza, Plan de América del Norte para Influenza Animal y Pandémica, Plan de Continuidad de Operaciones de la DGE.
La Secretaría de Salud a través del micrositio: www.coronavirus.gob.mx, en los rubros denominados “PÚBLICO GENERAL” y “PERSONAL DE SALUD”, en los apartados “Documentos de Consulta”, ha puesto a disposición de la población diversos documentos técnicos a través de los cuales se hacen del conocimiento los lineamientos para la prevención, detección y atención del COVID-19, siendo los siguientes:
- Flujograma de atención médica para COVID-19 en el primer nivel de atención.
- Lineamiento para la atención de pacientes por COVID-19.
- Lineamiento de reconversión hospitalaria.
- Lineamiento general para la mitigación y prevención de COVID-19 en espacios públicos cerrados.
- Lineamiento general para la mitigación y prevención de COVID-19 en espacios públicos abiertos.
- Proceso de prevención de infecciones para las personas con COVID-19.
- Lineamientos de implementación de Centros de Atención Temporal COVID-19 y Hospitales Móviles.
- Lineamiento para la prevención y mitigación de COVID-19 en la atención del embarazo, parto, puerperio, y de la persona recién nacida.
- Recomendaciones para los Centros de Atención Infantil ante la enfermedad COVID-19.
- Protocolo de actuación para la atención de COVID-19 al interior de Centros Federales de Reinserción Social (CEFERESOS)
- Guía de acción para los centros de trabajo agrícolas ante el COVID-19.
- Protocolo de atención para personas de nacionalidad mexicana y extranjera que se encuentran en territorio nacional mexicano en centros de hospedaje durante la cuarentena obligatoria por COVID-19.
La Secretaría de Salud emitió el “Lineamiento Estandarizado para la Vigilancia Epidemiológica y por Laboratorio de la Enfermedad Respiratoria Viral”, a través del cual se determinan las acciones de detección ante COVID-19 en aeropuertos, puertos marítimos y pasos fronterizos terrestres, asimismo se informan las medidas que deben establecerse en los puntos de entrada al país, siguiendo los lineamientos internacionales.
Para mayor información se sugiere consultar las páginas 41 a 48 del citado Lineamiento en la página electrónica siguiente :
Asimismo, puede ser consultado el “Protocolo de atención para personas de nacionalidad mexicana y extranjera que se encuentran en territorio nacional mexicano en centros de hospedaje durante la cuarentena obligatoria por COVID-19”, que se encuentra disponible en la página web www.coronavirus.gob.mx, en el rubro denominado “PÚBLICO GENERAL”, en el apartado “Documentos de consulta”.
La Secretaría de Salud a través del micrositio: www.coronavirus.gob.mx, en los rubros “PÚBLICO GENERAL” y “PERSONAL DE SALUD”, en los apartados denominados “Documentos de Consulta”, ha puesto a disposición de la población diversos documentos técnicos a través de los cuales se rigen las instancias gubernamentales y las entidades federativas ante la pandemia de COVID-19, siendo los siguientes:
- Lineamiento para la atención de pacientes por COVID-19.
- Proceso de prevención de infecciones para las personas con COVID-19.
- Lineamiento de Reconversión Hospitalaria.
- Lineamientos de implementación de Centros de Atención Temporal COVID-19 y Hospitales Móviles.
- Guía de manejo de cadáveres por COVID-19 (SARS-CoV-2) en México
- Correcto llenado del certificado de defunción muertes por virus SARS-COV2 (COVID-19)
- Recomendaciones para el uso correcto de respirador (mascarillas) para bioaerosoles (N95, KN95 y equivalentes)
- Lineamiento para la prevención y mitigación de COVID-19 en la atención del embarazo, parto, puerperio, y de la persona recién nacida.
- Flujograma de atención médica para COVID-19 en el primer nivel de atención.
- Lineamiento general para la mitigación y prevención de COVID-19 en espacios públicos cerrados
- Lineamiento general para la mitigación y prevención de COVID-19 en espacios públicos abiertos
- Recomendaciones para los Centros de Atención Infantil ante la enfermedad COVID-19
- Protocolo de actuación para la atención de COVID-19 al interior de Centros Federales de Reinserción Social (CEFERESOS)
- Guía de acción para los centros de trabajo agrícolas ante el COVID-19
- Protocolo de atención para personas de nacionalidad mexicana y extranjera que se encuentran en territorio nacional mexicano en centros de hospedaje durante la cuarentena obligatoria por COVID-19
Las preguntas presentadas a continuación, se obtuvieron mediante un esfuerzo coordinado en el INAI a partir de la revisión del contenido de cada una de las 868 solicitudes de información. En este proceso se identificaron las dudas más recurrentes de la población, lo que permitió definir preguntas acorde a dichas demandas. Al momento, el INAI sólo cuenta con algunas respuestas proporcionadas por la Secretaría de Salud. Esta sección seguirá complementándose de manera progresiva conforme las respuestas a estas preguntas se obtengan por parte del Sector Salud y otros Sujetos Obligados.
Categoría 11: Presupuesto asignado atención COVID y apoyos económicos
PREGUNTAS
En el presupuesto de egresos de la federación no existe asignado a la Secretaría de Salud un presupuesto específico para el diagnóstico de esta enfermedad. Las compras se han realizado por medio del INSABI y los términos de los contratos son competencia de este.
En proceso de respuesta
En proceso de respuesta
En proceso de respuesta
En proceso de respuesta
¿Cuál es la situación económica del país?
La reciente epidemia del Covid-19 ha afectado a varios países en el mundo entre los que se encuentran las economías más grandes del mundo como China, Estados Unidos, Japón y varios países del continente europeo. Los países afectados por esta pandemia han tomado medidas de contención y distanciamiento social que han provocado una contracción en la actividad económica. La pandemia y las medidas de contención han afectado a ciertos sectores más que a otros, como es el caso del turismo, restaurantes, hoteles, servicios recreativos, y el sector de las manufacturas. En particular, las economías emergentes han experimentado, además de la contracción en la actividad económica, salidas de capitales, fuertes depreciaciones cambiarias y un aumento súbito en las primas de riesgo que pagan por emitir deuda en los mercados financieros.
La economía mexicana está atravesando por una situación similar a las demás economías emergentes. Aunado a esta problemática, se ha sumado la guerra de precios del petróleo que inició el 7 de marzo con el rompimiento de los acuerdos entre Rusia y Arabia Saudita en las reuniones de la OPEP. A diferencia de otros países como Argentina, Turquía o Sudáfrica, México no presenta desequilibrios macroeconómicos: no tiene altos déficits en las finanzas públicas o en las cuentas con el exterior, además de que la inflación se ubica en niveles aceptables y los bancos se encuentran bien capitalizados.
Por otro parte, México cuenta con una serie de instrumentos y amortiguadores para cubrirse de eventos macroeconómicos extraordinarios que pueden afectar sus cuentas externas y sus finanzas públicas. Por ejemplo, destaca que, al cierre de marzo de 2020, el país cuente 185.5 mil millones de dólares en reservas internacionales además de una Línea de Crédito Flexible (LCF) con el Fondo Monetario Internacional (FMI) por un monto equivalente a 44.56 mil millones de SDR (61.62 mil millones de dólares al 30 de diciembre de 2019). También existe una línea de swaps de emergencia con el Tesoro de Estados Unidos por un monto de 9 mil millones de dólares.
El 30 de abril se publicará el Informe sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública al primer trimestre de 2020, donde se presentará con mayor detalle la situación actual a la luz de los últimos datos disponibles. La versión electrónica del documento estará disponible en la siguiente liga a partir del próximo jueves 30 de abril:
https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/es/Finanzas_Publicas/Informes_al_Congreso_de_la_Union
¿Cuál será el plan estratégico económico para lograr reconstruir nuestra economía nacional frente a una recesión económica global causada por COVID-19?
La Banca de Desarrollo dispone de un abanico de herramientas para ayudar a todos los sectores productivos a enfrentar la emergencia, tales como reestructuración, recalendarización o extensión de plazos de créditos, tanto en moneda nacional como extranjera; otorgamiento de garantías, con periodo de gracia para pagos al capital de 6 meses; ampliación de líneas de financiamiento, que permitan cubrir los desfases en flujos de ingresos; programas concurrentes con los gobiernos estatales, para apoyar a las micro y pequeñas empresas.
Las acciones de la Banca de Desarrollo para reactivar la economía se encuentran contenidas en el documento denominado “Pre-Criterios Generales de Política Económica”, páginas 75 a 78 (se adjunta al presente correo).
https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/es/Finanzas_Publicas/Paquete_Economico_y_Presupuesto
Asimismo, a continuación se detallan dos acciones implementadas por otras autoridades del Gobierno Federal, que impactan las funciones de la banca de desarrollo y demás integrantes del sistema financiero de fomento:
- La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) emitió criterios contables especiales para las instituciones de crédito (banca comercial y de desarrollo) que flexibilizan las reglas aplicables en materia de cartera vencida, reestructuras, renovaciones y constitución de estimaciones preventivas para riesgos crediticios. Lo anterior, permitirá que los acreditados de los bancos de desarrollo que al 28 de febrero de 2020 mantengan créditos vigentes de consumo, vivienda o comercial con dichas instituciones, difieran el pago de capital y/o intereses hasta por 4 meses, prorrogables hasta por 2 meses adicionales.
https://www.gob.mx/shcp/prensa/sesiono-hoy-el-comite-de-regulacion-de-liquidez-bancaria?idiom-es
- La propia CNBV ha emitido criterios similares para los demás intermediarios y entidades financieras.
- El Banco de México redujo el Depósito de Regulación Monetaria al liberar $50,000 MDP para la banca mexicana, de los cuales $15,000 MDP corresponden a los bancos de desarrollo. Ello les dotará de liquidez, permitiéndoles mantener la capacidad de otorgar nuevos créditos y expandir sus líneas de crédito activas.
Son acciones encaminadas a asegurar el correcto funcionamiento del sector financiero y sienta las bases para potenciar los créditos de liquidez a micro, pequeñas y medianas empresas, así como a las personas que dependen del autoempleo.
¿Qué medidas tienen previsto tomar para una vez culminada esta crisis sanitaria nacional, acelerar la creación de nuevos empleos, mejorar la recaudación tributaria, incentivar la economía local de consumo y protección de las PYMES?
El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado ampliarán el financiamiento hipotecario, promoviendo así la recuperación de la producción y el empleo en el sector de la vivienda que es, a su vez, uno de los principales componentes del sector de la construcción. Éste será un factor muy importante por la interacción que existe entre la construcción y el resto de los sectores productivos de la economía. Estas medidas pueden ser consultadas en:
Información acerca de las medidas y apoyos que se otorgarán a las pequeñas y medianas empresas alrededor de la República Mexicana para evitar el colapse económico total de ellas.
Sociedad Hipotecaria Financiera, S.N.C. tiene un conjunto de productos para el financiamiento puente al sector de la vivienda, así, las pequeñas y medianas empresas constructoras podrán participar en un sector vital para la economía. Estas medidas pueden ser consultadas, en la siguiente liga:
La Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (LSAR), a través de la regulación secundaria fija el régimen de inversión de las Sociedades de Inversión Especializadas de los Fondos para el Retiro (Siefores). Dicha regulación permite la inversión en diversos instrumentos que constituyen una fuente de financiamiento directo y/o indirecto de financiamiento para pequeñas y medianas empresas (acciones, créditos, CKD’s, etc.). Así, el impulso al SAR contribuirá a fortalecer el desempeño de las pequeñas y medianas empresas y, a través de ello, al empleo y la productividad de la economía.
https://www.gob.mx/consar/documentos/normativa-ley-de-los-sistemas-de-ahorro-para-el-retiro
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/465950/RI_20190531.pdf
Presupuesto asignado para apoyos económicos a la población para aminorar el impacto del COVID-19
El Presupuesto de Egresos de la Federación es aprobado por la Cámara de Diputados en términos del artículo 74, fracción IV de la Constitución, por lo que en el momento en que fue aprobado no se había suscitado esta desafortunada situación por la que estamos atravesando en el mundo. El ejercicio de recursos que cada Secretaría de Estado (en su carácter de ejecutores de gasto) para algún rubro en el marco de sus atribuciones, le corresponde exclusivamente a estas, los cuales se reportan de manera trimestral a esta Secretaría (30 días después de terminado el trimestre y sin contemplar un nivel de desagregación donde se identifique “COVID-19”).
¿Qué resultados marcan sus pronósticos económicos frente al impacto centralizado por COVID-19 en términos macro-económicos?
El 1 de abril se publicaron los Pre-criterios Generales de Política Económica 2021 donde se presentan los últimos pronósticos económicos realizados por la SHCP. En particular, en la Sección II y en el Anexo I se hace un análisis de la situación y se muestran los pronósticos de la SHCP para una serie de variables. Ante la coyuntura actual se realiza constantemente un análisis a detalle de la información. La SHCP continuará informando al público a través de sus comunicados y publicaciones sobre la situación económica del país y las perspectivas a futuro, tal y como lo ha hecho hasta ahora.
La versión electrónica de los Pre-criterios Generales de Política Económica 2021 está disponible en la siguiente liga:
https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/es/Finanzas_Publicas/Paquete_Economico_y_Presupuesto
En los instrumentos de comunicación del Banco de México, se describe la situación económica del país de acuerdo a la coyuntura actual, entre ellos se encuentran los Anuncios de las Decisiones de Política Monetaria, las Minutas, los Informes Trimestrales, y los Discursos y Presentaciones de la Junta de Gobierno del Banco de México. Para fácil acceso a estos instrumentos se pueden consultar las siguientes ligas de Internet:
https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/palabras-presentaciones-junta.html
Adicionalmente, el Banco de México ha publicado comunicados que involucran acciones tomadas ante la coyuntura actual, mismos que se pueden encontrar en la siguiente liga de Internet:
https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/miscelaneos/comunicados-miscelaneos-comun.html
Asimismo, se puede consultar el calendario de las publicaciones de este Banco Central en la siguiente liga electrónica:
https://www.banxico.org.mx/viewers2/JSP/calendarioDifusion_es.jsp
Al respecto le informamos lo siguiente:
Como se publicó en los últimos dos comunicados de política monetaria, del 20 de marzo y del 21 de abril (https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/anuncios-de-las-decisiones-de-politica-monetaria/%7B4C34FC42-3AB6-4DC4-8767-92CAE7B0C3D3%7D.pdf y https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/anuncios-de-las-decisiones-de-politica-monetaria/%7B7083B1E9-31C2-67FE-BA71-A63B075075DD%7D.pdf), la rápida propagación del COVID-19, y las medidas adoptadas para evitar su propagación, han afectado considerablemente las perspectivas de crecimiento de la economía mundial, y han conducido a un deterioro importante en las condiciones financieras globales. Adicionalmente, se ha registrado una marcada disminución en los precios de las materias primas, especialmente del petróleo. Todo lo anterior ha llevado a diversos bancos centrales de economías avanzadas y emergentes a reducir significativamente sus tasas de interés, y se han implementado otras medidas extraordinarias para promover el buen funcionamiento en sus sistemas financieros. Asimismo, diversos países han instrumentado medidas de estímulo fiscal para atenuar los efectos adversos en el empleo y en los ingresos de los hogares y empresas.
En estos comunicados, también se afirmó que la compleja situación económica y financiera global ha provocado una recomposición de portafolios de los inversionistas hacia activos de menor riesgo y una reducción en la tenencia de activos en las economías emergentes. Esto ha propiciado una alta volatilidad en los mercados cambiarios y una depreciación importante de las monedas en dichas economías, incluyendo el peso mexicano. Las tasas de interés de valores gubernamentales después de haber aumentado de manera significativa en todos sus plazos, estas se han ajustado a la baja, aunque con alta volatilidad. Adicionalmente, tres agencias redujeron las calificaciones crediticias soberana y de Pemex, y dos de ellas ubicaron a esta última por debajo del grado de inversión. Las circunstancias antes descritas han afectado las previsiones sobre el crecimiento y la inflación para la economía nacional en el horizonte en el que opera la política monetaria.
Con respecto a la política monetaria ante el panorama antes descrito, en los mencionados comunicados de política monetaria, la Junta de Gobierno del Banco de México decidió:
Se menciona que hacia adelante, la Junta de Gobierno tomará las acciones que se requieran con base en la información adicional, de tal manera que la tasa de referencia sea congruente con la convergencia ordenada y sostenida de la inflación general a la meta del Banco de México en el plazo en el que opera la política monetaria. Perseverar en fortalecer los fundamentos macroeconómicos y adoptar las acciones necesarias, tanto en el ámbito monetario como fiscal, contribuirá a un mejor ajuste de los mercados financieros nacionales y de la economía en su conjunto.
En ambos comunicados también se anunció la adopción de otras medidas para proveer liquidez y mejorar el funcionamiento de los mercados financieros nacionales.
Las medidas implementadas el 20 de marzo fueron (Comunicado https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/miscelaneos/%7B9BBB001D-4B6F-199F-D052-64BAF578A489%7D.pdf):
Mientras que en el comunicado del 21 de abril se implementaron 10 medidas para fortalecer los canales de otorgamiento de crédito en la economía; y promover el comportamiento ordenado de los mercados de deuda y de cambios de nuestro país. Dichas medidas fueron (Comunicado https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/miscelaneos/%7B1E8E5322-7086-9563-570C-412659ECB292%7D.pdf):
Con respecto a la política cambiaria, la Comisión de Cambios es la responsable de esta en México. Esta Comisión está integrada por funcionarios tanto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como del Banco de México. La Comisión puede reunirse en todo momento, a solicitud del Secretario de Hacienda y Crédito Público o del Gobernador del Banco de México. Las resoluciones de la Comisión se toman por mayoría de votos, siendo necesario el voto favorable de por lo menos uno de los representantes de la Secretaría de Hacienda. En este sentido, en La Ley del Banco de México se establece que dicho Banco deberá actuar en materia cambiaria de acuerdo con las directrices que determine la Comisión de Cambios.
A finales de 1994, la Comisión de Cambios acordó que el régimen cambiario en México fuera flexible. El tipo de cambio flexible se determina libremente y obedeciendo únicamente a las fuerzas del mercado. En este sentido, el tipo de cambio puede apreciarse o depreciarse todos los días de acuerdo con la interacción de la oferta y la demanda en el mercado cambiario. En relación con lo anterior el Banco Central generalmente no interviene en el mercado cambiario; es decir, en la determinación del tipo de cambio del peso frente a otras divisas. Sin embargo, en contadas ocasiones, en momentos de extrema volatilidad, y casi siempre con un esquema predeterminado, el Banco de México, por instrucciones de la Comisión de Cambios, ha intervenido para restaurar el orden de los mercados, pero nunca para determinar una paridad específica.
Durante los meses de marzo y abril, dicha Comisión ha tomado diversas medidas para atenuar la volatilidad en el mercado cambiario:
Cabe mencionar que la Comisión de Cambios reitera que el anclaje del valor de la moneda nacional continuará procurándose principalmente mediante la preservación de fundamentos económicos sólidos. Así dicha Comisión continuará evaluando las condiciones de operación en el mercado cambiario y, en caso de ser necesario, adoptará acciones adicionales.
No omitimos mencionar, que en la página principal de Internet del Banco de México, se encuentran los comunicados de todas las acciones emprendidas por este Instituto Central –por cuenta propia y a nombre del Gobierno Federal- y por la Comisión de Cambios para proveer de liquidez en moneda nacional y extranjera y para mejorar el funcionamiento de los mercados nacionales.
La liga de la página principal del Banco es: https://www.banxico.org.mx/
La liga a los comunicados de la Comisión de Cambios es:
La liga a los resultados de las operaciones que realiza Banco de México en el mercado cambiario por instrucciones de la Comisión de Cambios es:
https://www.banxico.org.mx/mercados/subastas-cambio-credito-banco.html
La liga a los resultados de las operaciones que realiza Banco de México en el mercado de valores como agente financiero del Gobierno Federal es:
https://www.banxico.org.mx/mercados/subastas-agente-financiero-ba.html
La liga a los resultados de las operaciones que realiza Banco de México en el mercado de valores es: https://www.banxico.org.mx/politica-monetaria/operaciones-objetivos-mecanis.html
Sin perjuicio de lo anterior, a continuación se enlista información adicional, respecto a las acciones tomadas por este Instituto Central:
https://www.banxico.org.mx/apps/stdview.html?url=/apps/dao-web/4/36/2/resusubaprimapernew-1.html
Los resultados se pueden consultar en la liga:
Las Reservas Internacionales son activos financieros denominados en moneda extranjera que tienen disponibilidad inmediata para el Banco de México. La Ley del Banco de México, en su artículo 18 establece que: “El Banco de México contará con una reserva de activos internacionales, que tendrá por objeto coadyuvar a la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional mediante la compensación de desequilibrios entre los ingresos y egresos de divisas del país.”
En otras palabras, su objetivo es procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional a través de promover la estabilidad del sistema financiero y reducir la probabilidad de crisis de balanza de pagos ante choques externos que provoquen presiones en el tipo de cambio y una reducción en el acceso a la liquidez en los mercados financieros internacionales.
En particular, un nivel adecuado de Reservas Internacionales contribuye a generar confianza en los inversionistas, ya que provee una señal positiva sobre la capacidad del país para hacer frente a sus compromisos en moneda extranjera. Por otra parte, dichas Reservas permiten dotar de liquidez a los mercados cambiarios en periodos de excesiva volatilidad, con el objetivo de que estos continúen operando de forma ordenada. Es por ello que las Reservas Internacionales proveen una señal de fortaleza sobre las condiciones macroeconómicas de un país con lo cual contribuyen a reducir diversas primas de riesgo y, en última instancia, la tasa a la cual el gobierno se endeuda en los mercados de crédito, tanto nacionales como internacionales.
La misma Ley, en su artículo 22, fracción III, establece que es facultad de la Comisión de Cambios: “Señalar directrices respecto del manejo y la valuación de la reserva a que se refiere el artículo 18.”
La Comisión de Cambios está integrada por tres miembros de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, incluyendo al Secretario de dicha dependencia, y por tres miembros de la Junta de Gobierno del Banco de México, incluyendo a su Gobernador. El Secretario de Hacienda y Crédito Público preside las sesiones de la Comisión. A partir de que se adoptó el esquema de tipo de cambio flexible en Diciembre de 1994, el uso de la Reserva Internacional ha tenido el objetivo de reducir la volatilidad excesiva del tipo de cambio y garantizar el funcionamiento ordenado del mercado cambiario.
Por último, dado que la Reserva Internacional requiere financiarse, su acumulación tiene como contrapartida la emisión un pasivo por parte del Banco de México, es decir, la Reserva Internacional no es un patrimonio neto del Banco Central. En este sentido, el objeto de la Reserva queda establecido en el Artículo 18 de la Ley antes señalada y no prevé fines distintos al establecido.
Los comunicados de dicha Comisión están disponibles en la liga de Internet siguiente:
La Ley del Banco de México está disponible en la liga de Internet:
De conformidad con el artículo 28, párrafos sexto y séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, disponible en la liga de Internet: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_060320.pdf, el Banco de México es el Banco Central del Estado. Su naturaleza jurídica, definida en el mismo texto constitucional, es la de un órgano autónomo, en el ejercicio de sus funciones y en su administración, el cual no forma parte del Gobierno Federal.
El objetivo prioritario del Banco de México, es procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, y fortalecer con ello la rectoría del desarrollo nacional que corresponde al Estado. Asimismo, corresponde a dicho Banco Central ejercer de manera exclusiva las funciones del Estado en las áreas estratégicas de acuñación de moneda y emisión de billetes. Por otra parte, compete al Banco de México, en los términos que establezcan las leyes y con la intervención que corresponda a las autoridades competentes, regular los cambios, así como la intermediación y los servicios financieros, y cuenta con las atribuciones de autoridad necesarias para llevar a cabo dicha regulación y proveer a su observancia.
Dentro de las facultades referidas, y las que la Ley del Banco de México otorga a este Banco Central, no se encuentran la de “elaborar el plan estratégico económico para lograr reconstruir nuestra economía nacional frente a una recesión global causada por COVID-19”. Al respecto le manifestamos que en términos del artículo 7o. de la Ley del Banco de México, disponible en la liga de Internet: https://www.banxico.org.mx/marco-normativo/marco-juridico/ley-del-banco-de-mexico/%7B65E243F0-4E89-DE55-74AC-7AA890B13379%7D.pdf, este Instituto Central no puede realizar sino los actos expresamente previstos en las disposiciones de dicha Ley o los conexos a ellos.
El Banco de México no tiene entre sus facultades y objetivos la creación de nuevos empleos, mejorar la recaudación tributaria, incentivar la economía local de consumo y proteger a las PYMES. Sin embargo con las operaciones que la Ley del Banco de México le faculta realizar, bajo las condiciones que la misma ley prevé, en particular, aquellas de carácter extraordinario para evitar trastornos en los sistemas de pagos, anunció el pasado 21 de abril, entre otras medidas, la Provisión de recursos a instituciones bancarias para canalizar crédito a micro, pequeñas y medianas empresas y a personas físicas afectadas por la pandemia. (El comunicado completo se puede leer en la liga de Internet:https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/miscelaneos/%7B1E8E5322-7086-9563-570C-412659ECB292%7D.pdf)
Con esta medida el Banco de México liberará recursos asociados al Depósito de Regulación Monetaria (DRM) o, de ser necesario, proporcionará financiamiento a plazo de entre 18 y 24 meses, con un costo igual al objetivo para la tasa de interés interbancaria a un día, a las instituciones de banca múltiple y de desarrollo que financien a las empresas y las personas físicas antes señaladas con recursos adicionales. El financiamiento estará garantizado con títulos que deberán cumplir los mismos criterios de elegibilidad que en la Facilidad de Liquidez Adicional Ordinaria. Para cuidar que la originación y la administración de la cartera cumpla con lo establecido, el registro y seguimiento de los créditos asociados a esta facilidad se hará por un banco de desarrollo o institución de fomento, en los mismos términos de otros programas que llevan a cabo dichas instituciones, o bien directamente por el Banco de México. Estos recursos podrán ser combinados con los programas de garantías que instrumenten la banca de desarrollo y las instituciones de fomento.
El esquema permitirá al Instituto Central proveer recursos para fortalecer los canales de crédito en la economía a fin de que este pueda dirigirse a las empresas y hogares que pueden enfrentar reducciones transitorias en sus fuentes de ingreso, en beneficio del empleo y sectores de la población que no tienen acceso a otras fuentes de financiamiento.
El monto del programa será de hasta 250 mil millones de pesos y podrá ajustarse en atención a las condiciones prevalecientes en los mercados financieros.
Los detalles finales se darán a conocer próximamente mediante la publicación de una circular que normará estas operaciones y que podrá consultarse en la página de Internet del Banco de México (www.banxico.org.mx)
El Banco de México no tiene entre sus facultades otorgar apoyos a las pequeñas y medianas empresas. Sin embargo con las operaciones que la Ley del Banco de México le faculta realizar, bajo las condiciones que la misma ley prevé, en particular, aquellas de carácter extraordinario para evitar trastornos en los sistemas de pagos, anunció el pasado 21 de abril, entre otras medidas, la Provisión de recursos a instituciones bancarias para canalizar crédito a micro, pequeñas y medianas empresas y a personas físicas afectadas por la pandemia. (El comunicado completo se puede leer en la liga: https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/miscelaneos/%7B1E8E5322-7086-9563-570C-412659ECB292%7D.pdf)
Con esta medida el Banco de México liberará recursos asociados al Depósito de Regulación Monetaria (DRM) o, de ser necesario, proporcionará financiamiento a plazo de entre 18 y 24 meses, con un costo igual al objetivo para la tasa de interés interbancaria a un día, a las instituciones de banca múltiple y de desarrollo que financien a las empresas y las personas físicas antes señaladas con recursos adicionales. El financiamiento estará garantizado con títulos que deberán cumplir los mismos criterios de elegibilidad que en la Facilidad de Liquidez Adicional Ordinaria. Para cuidar que la originación y la administración de la cartera cumpla con lo establecido, el registro y seguimiento de los créditos asociados a esta facilidad se hará por un banco de desarrollo o institución de fomento, en los mismos términos de otros programas que llevan a cabo dichas instituciones, o bien directamente por el Banco de México. Estos recursos podrán ser combinados con los programas de garantías que instrumenten la banca de desarrollo y las instituciones de fomento.
El esquema permitirá al Instituto Central proveer recursos para fortalecer los canales de crédito en la economía a fin de que este pueda dirigirse a las empresas y hogares que pueden enfrentar reducciones transitorias en sus fuentes de ingreso, en beneficio del empleo y sectores de la población que no tienen acceso a otras fuentes de financiamiento.
El monto del programa será de hasta 250 mil millones de pesos y podrá ajustarse en atención a las condiciones prevalecientes en los mercados financieros.
Los detalles finales se darán a conocer próximamente mediante la publicación de una circular que normará estas operaciones y que podrá consultarse en la página de Internet del Banco de México (www.banxico.org.mx)
De conformidad con el artículo 28, párrafos sexto y séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, disponible en la liga de Internet: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_060320.pdf, el Banco de México es el Banco Central del Estado. Su naturaleza jurídica, definida en el mismo texto constitucional, es la de un órgano autónomo, en el ejercicio de sus funciones y en su administración, el cual no forma parte del Gobierno Federal.
El objetivo prioritario del Banco de México, es procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, y fortalecer con ello la rectoría del desarrollo nacional que corresponde al Estado. Asimismo, corresponde a dicho Banco Central ejercer de manera exclusiva las funciones del Estado en las áreas estratégicas de acuñación de moneda y emisión de billetes. Por otra parte, compete al Banco de México, en los términos que establezcan las leyes y con la intervención que corresponda a las autoridades competentes, regular los cambios, así como la intermediación y los servicios financieros, y cuenta con las atribuciones de autoridad necesarias para llevar a cabo dicha regulación y proveer a su observancia.
Dentro de las facultades referidas, y las que la Ley del Banco de México otorga a este Banco Central, no se encuentran la de “elaborar el presupuesto asignado para apoyos económicos a la población para aminorar el impacto del COVID-19”. Al respecto le manifestamos que en términos del artículo 7o. de la Ley del Banco de México, disponible en la liga de Internet: https://www.banxico.org.mx/marco-normativo/marco-juridico/ley-del-banco-de-mexico/%7B65E243F0-4E89-DE55-74AC-7AA890B13379%7D.pdf, este Instituto Central no puede realizar sino los actos expresamente previstos en las disposiciones de dicha Ley o los conexos a ellos.
De acuerdo al anuncio de la decisión de política monetaria del 21 de abril, se estima que las afectaciones sobre la actividad económica nacional derivadas de la pandemia, conducirían a una contracción importante de la actividad económica del país en el primer semestre del año. Si bien se desconocen la magnitud y duración de los efectos de la pandemia, y la información disponible aún es limitada, estimaciones iniciales sugieren que el PIB en el primer semestre de 2020 podría llegar a presentar una reducción mayor a 5% respecto del mismo periodo del año previo. Así, es claro que las condiciones de holgura se están ampliando considerablemente, en un contexto en el que el balance de riesgos para el crecimiento está significativamente sesgado a la baja.
La inflación se vería presionada en dos frentes: a la baja por la ampliación en la brecha negativa del producto y, en el corto plazo, por la reducción en los precios de los energéticos, particularmente de las gasolinas; al alza por la depreciación del tipo de cambio, lo cual dependerá de su magnitud y persistencia. Si bien estos factores pueden incidir en la inflación general en diferentes momentos, se anticipa que esta converja a la meta del Banco de México en el horizonte en el que opera la política monetaria. No obstante, la incertidumbre sobre el balance de riesgos para la inflación se ha acentuado significativamente.
Los pronósticos más recientes del Banco de México se pueden consultar en los Informes Trimestrales en la siguiente liga:
Adicionalmente, se pueden consultar las Encuestas sobre las expectativas de los especialistas en economía del sector privado en la siguiente liga:
Las preguntas presentadas a continuación, se obtuvieron mediante un esfuerzo coordinado en el INAI a partir de la revisión del contenido de cada una de las 868 solicitudes de información. En este proceso se identificaron las dudas más recurrentes de la población, lo que permitió definir preguntas acorde a dichas demandas. Al momento, el INAI sólo cuenta con algunas respuestas proporcionadas por la Secretaría de Salud. Esta sección seguirá complementándose de manera progresiva conforme las respuestas a estas preguntas se obtengan por parte del Sector Salud y otros Sujetos Obligados.
Categoría 12: Responsabilidad de servidores públicos
PREGUNTAS
Esta temática fue atendida de acuerdo a las indicaciones de la SSa. Las preguntas específicas serás atendidas posteriormente cuando sean reactivados los tiempos y sean turnadas a la SSa.
No existe medicamento o vacuna para COVID-19 por lo que no es podría hacer especulaciones respecto a un abasto o desabasto y mucho menos a algún actor responsable.
En proceso de respuesta
Através de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) es posible obtener la información solicitada sobre los Servidores Públicos.
01800.835.43.24
Fecha de actualización: Septiembre, 2023
Insurgentes Sur No. 3211 Col. Insurgentes Cuicuilco, Delegación Coyoacán, C.P. 04530
Del responsable de tratar sus datos personales
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI o Instituto), los cuales serán protegidos conforme a lo dispuesto en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, y demás normatividad que resulte aplicable.
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